Estas deducciones, por las que se tributará menos podrán aplicarse en la declaración de la renta de 2015.

Fuente: OCU

La reforma del IRPF conlleva novedades importantes para familias numerosas o con personas con discapacidad a su cargo.

Así, con la intención de reducir la tributación de los trabajadores incluidos en este tipo de familias con cargas familiares, se han aprobado nuevas deducciones para familias numerosas y personas con discapacidad a cargo, que se aplicarán ahora de la misma manera que la deducción por maternidad, al margen de si el trabajador presta sus servicios por cuenta ajena o dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.

Las deducciones tienen como límite el importe íntegro sin bonificaciones de las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades devengadas cada año. De esta manera, los importes de deducción máximos serán los siguientes:

  • Por cada descendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, la deducción será de hasta 1.200 euros.
  • Por cada ascendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes, la deducción será de hasta 1.200 euros.
  • Por ser un ascendiente, o un hermano huérfano de padre y madre, que forme parte de una familia numerosa, la deducción será de hasta 1.200 euros, y de 2.400 euros para familias numerosas de categoría especial.

Estas deducciones podrán aplicarse al hacer la declaración de la Renta 2015 (la que se presenta en 2016), o podrán percibirse por anticipado.

deduccion

El pago anticipado puede ya solicitarse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y existen dos maneras de hacerlo:

  • Por teléfono, llamando al 901 200 345 y aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
  • Por Internet, utilizando el DNI electrónico, certificado digital o Clave-PIN.

Si se desea presentar la solicitud presencialmente, no será posible hasta el 13 de febrero. Para este trámite es necesario rellenar el formulario 143 y presentarlo en las administraciones de la AEAT.

Necesitas un NIF

Uno de los requisitos para solicitar el abono anticipado de estas nuevas deducciones es que todos los solicitantes, incluidos los menores, deben tener Número de Identificación Fiscal (NIF). Las familias que tengan hijos menores de 14 años podrán:

  • Solicitar el DNI de manera voluntaria (el DNI solo es obligatorio para los mayores de catorce años residentes en España).
  • Pedir a la Administración tributaria la asignación de un número de identificación fiscal (tendrá nueve caracteres: letra K, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético). Los padres podrán solicitar ese NIF en www.agenciatributaria.es si se tiene certificado digital o presentando el modelo 030. Junto con la solicitud habrá que aportar copia de la página del libro de familia en la que conste el titular y en la que aparezca el hijo para el que se solicita el NIF, o en su defecto el certificado de nacimiento del menor. Ese NIF provisional tendrá validez hasta que el titular obtenga el DNI y a partir de ahí, un nuevo número de identificación fiscal.
Te puede interesar...
Share This
Ir al contenido